Organizaciones buscan que la SCJN aclare pregunta sobre la Consulta Popular
CIUDAD DE MEXICO, 20 de julio de 2021.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidiría si se debe aclarar o no la pregunta de la consulta popular a realizarse este 1 de agosto. Esto sería decisivo para el ejercicio de los derechos de participación ciudadana, así como para dar certeza a las víctimas.
Es importante anotar que esta solicitud va más allá de la jornada del 1º de agosto, pues lo que se busca es que la SCJN fije el alcance de diversos términos de la pregunta y sus razonamientos que, en caso de no ser aclarados, podrían afectar cómo hacer efectivos los mecanismos que busquen verdad que deriven de ella.
El 12 de julio pasado, las organizaciones Justicia Transicional en México y Elementa DDHH, así como la activista Kalycho Escoffié, presentaron a la SCJN una solicitud de aclaración de la consulta, figura prevista en la ley y ampliamente utilizada en la SCJN, pero nunca utilizada para aclarar el sentido de una sentencia concerniente a la consulta popular por su novedad.
No obstante, la Presidencia de la SCJN, no le dio trámite. En respuesta, presentaron un recurso de reclamación ante el Pleno de la SCJN, por lo que sería esta instancia la que decidiría si procede o no analizar dicha aclaración.
El argumento para pedir que el asunto sea elevado al Pleno, más allá de que las reclamaciones generalmente se conocen en Salas, se basa en que solo la SCJN actuando de forma plenamente colegiada, es decir, vía las y los 11 ministros, es la única autoridad que reconoce la Constitución para abordar cuestiones relativas a la consulta popular y sus implicaciones.
Ha quedado claro lo que no es (un juicio a expresidentes) y lo que sí puede ser la consulta (opciones de mecanismos como comisiones extraordinarias). Los cómos y sus límites –detalles en donde realmente se hacen efectivos la verdad y la justicia– no.
Las organizaciones recalcaron que la falta de claridad de la pregunta formulada por la SCJN ha generado confusión en torno a su significado y, sobre todo, a sus alcances. Esto genera incertidumbre en la ciudadanía: por un lado, hay dudas sobre si se debería participar en este ejercicio democrático, y por otro, no hay claridad sobre qué se le debe exigir a las autoridades
si gana el sí.
Tal es la confusión, que el mismo presidente de la SCJN, el Ministro Arturo Zaldivar, ha tenido que reiterar en entrevista a diversos medios de comunicación que el sentido de la pregunta de la consulta popular no versa sobre juicios a ex presidentes, sino sobre mecanismos extraordinarios como comisiones de la verdad o de justicia transicional.
El llamado de las organizaciones de la sociedad civil no busca cambiar la pregunta ni de qué va, pero sí que la SCJN, mediante un documento oficial, aclare si el sentido de la pregunta corresponde a lo que el Ministro presidente ha salido a declarar en entrevistas periodísticas y los límites de la pregunta. El no aclarar puede prestarse a que la autoridad actúe a modo en detrimento de víctimas y sociedad.
Reiteraron a la SCJN que, de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos firmados por México, las y los ciudadanos tenemos derecho a contar con un recurso judicial efectivo. Esto es, no solo basta con que existan los tribunales y la legislación, sino que dentro de ésta la ciudadanía cuente con las herramientas necesarias
para hacer valer sus derechos.
La relevancia del asunto no se acaba en la consulta popular del 1º de agosto sino que puede resultar útil en futuros ejercicios: generar un precedente robusto en el cual la SCJN adopta un papel clave frente y acerca este mecanismo de participación a la ciudadanía –como lo ha reconocido la misma SCJN. Al promover preguntas concisas y claras, la SCJN garantiza que las personas puedan ejercer su derecho a participar en la vida pública.